Esta página aborda los exámenes médicos ordenados por la Comisión de Vehículos Motorizados de NJ (NJ MVC). Discutimos problemas médicos relacionados con el CDL en una página separada.

Un estatuto de New Jersey requiere que los médicos que tratan pacientes para una variedad de condiciones médicas informen esas condiciones a la Comisión de Vehículos Motorizados de Nueva Jersey ("MVC", anteriormente División de Vehículos Motorizados "DMV"). El estatuto en cuestión es N.J.S. 39: 3-10.4. Dice:

Cada médico trata a cualquier persona de 16 años o más para convulsiones convulsivas recurrentes o por períodos recurrentes de inconsciencia o por deterioro o pérdida de la coordinación motora debido a afecciones como, entre otras, epilepsia en cualquiera de sus formas, cuando tales condiciones persistir o recurrir a pesar de los tratamientos médicos, deberá, dentro de las 24 horas posteriores a su determinación de tal hecho, informarlo al Director de la División de Vehículos Motorizados. El director, en consulta con el Comisionado de Salud del Estado, prescribirá y proporcionará los formularios sobre los cuales se realizarán dichos informes.

Tenga en cuenta especialmente que N.J.S. 39: 3-10.4 incluye en su redacción, "... deterioro o pérdida de la coordinación motora debido a condiciones tales como, pero no limitadas a ...". Por sus términos explícitos, el estatuto abarca epilepsia y las afecciones relacionadas con la epilepsia. Pero su lenguaje "no limitado a" hace que el estatuto sea lo suficientemente amplio como para cubrir trastornos cardiovasculares, el choque diabético y el deterioro físico o mental en general.

La vejez en sí misma no es un "deterioro físico o mental general" dentro del significado de N.J.S. 39: 3-10.4. Los automovilistas de Nueva Jersey deben cumplir con las leyes de tránsito. Pero también debe hacerlo la Comisión de Vehículos Motorizados de Nueva Jersey. El MVC no puede revocar arbitrariamente los privilegios de conducir. El MVC no puede exigir arbitrariamente a los licenciatarios que se sometan a un examen de la vista, a una prueba de conocimiento de la ley o a una prueba piloto. Este principio se ejemplifica en una decisión de la Oficina de Derecho Administrativo. La decisión implicó a una señora de ochenta y siete años llamada Luella F. Kindig. Lo que Kindig nos dice es que cuando las directivas MVC carecen de base legal o fáctica, pueden ser impugnadas con éxito.

La Comisión de Vehículos Motorizados debe ofrecer a los automovilistas de Nueva Jersey algo llamado "debido proceso". Bajo este debido proceso, los hallazgos de algún burócrata o médico pueden ser cuestionados. En muchos casos, estos desafíos serán exitosos. Por lo tanto, su notificación de la Comisión de Vehículos Motorizados de que tiene la intención de suspender sus privilegios de manejo no es el final del caso; Es solo el principio. La página “Aviso de suspensión” en este sitio proporciona información crucial para las personas amenazadas con la suspensión de los privilegios de conducir debido a problemas médicos.

Las Oficinas Legales de Allan Marain han defendido con éxito a los automovilistas amenazados con suspensiones médicas y requisitos arbitrarios que los conductores deben volver a probar. Los abogados en esa oficina están disponibles para revisar los hechos de su situación particular y para decirle cómo sus esfuerzos pueden ayudarlo.

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